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No todas las compras tienen devolución del IVA. Están exceptuados del régimen de retribución:
Los cargos impuestos por la tarjeta de crédito y la entidad bancaria por el uso del plástico. Los servicios domiciliarios de gas, electricidad, agua, telefonía fija y celular. Servicios de enseñanza privada; guarderías y jardines; asociaciones, fundaciones, entidades civiles y mutuales (menos mutuales de seguros). Colegios y consejos profesionales. Sellos de correo, papel timbrado, billetes de banco, acciones, obligaciones negociables. Billetes para juegos de azar, loterías, etc. Combustibles líquidos y gas natural.
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