PREVENCIÓN, ASESORAMIENTO Y DEFENSA DEL CONSUMIDOR

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¿Las cuentas donde se acreditan sueldos son gratuitas?

Sí. Las cuentas de percepción de haberes, comunmente llamadas caja sueldo, deben ser gratuitas para el trabajador. Es decir que la entidad bancaria no debe debitar ninguna clase de cargo o comisión asegurando la gratuidad del servicio. Además el usuario tiene la posibilidad de elegir libremente el banco en el cual se radique la cuenta. Así lo establecen la Comunicación A 2956 del BCRA y Resolución 360/2001 del Ministerio de Trabajo.
Estas cuentas deben ser abiertas por el empleador, como también es quien debe realizar el trámite para dar de baja la cuenta cuando concluye el vínculo laboral.

Qué hacer: En caso que le estén cobrando por el servicio es conveniente realizar el reclamo por escrito ante la entidad bancaria. PADEC tiene a disposición de los socios una Nota Modelo de Reclamo.