El 14 de septiembre de 2012 se publicó en el Boletín Oficial la ley Nº 14.374 que sancionaron diputados y senadores de la Provincia de Buenos Aires que establece que:
ARTÍCULO 1: para el cambio de un producto adquirido en el marco de una relación de consumo, no se podrán imponer restricciones de días y horarios especiales.
ARTÍCULO 2: El propietario, gerente, encargado o responsable de cualquier local o establecimiento será el responsable del cumplimiento de lo dispuesto en la presente debiendo exhibir en los locales referidos y en lugar visible, un cartel con la leyenda:
“EL CONSUMIDOR NO ESTÁ SUJETO A
RESTRICCIONES DE DíAS Y HORARIOS PARA EL CAMBIO DE UN PRODUCTO”
Desde PADEC celebramos esta iniciativa y esperamos que prontamente se extienda al resto del país, como ocurrió en su momento con los carteles que indican que el saldo siempre debe ser redondeado a favor del consumidor.
