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La muerte ya no les sienta bien: se crea el registro único de Seguros de Vida en España

Las películas en Hollywood más de una vez han puesto el foco en una trama donde alguien muere “accidentalmente” y los familiares se regocijan y/o sorprenden ante  la cuantiosa suma de dinero que van a cobrar. Pero ¿qué pasa en la realidad cuando el seguro no es de conocimiento público de los familiares del fallecido? ¿Cómo saber si alguien que murió tenía un seguro?  En España comenzaron a escribir una nueva historia.

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El Registro Único de Seguros de Vida es un nuevo punto clave en la historia de seguros de España. Luego de seis años de trabajo  AUSBANC observó como el 14 de noviembre de 2005 se promulgó la Ley española 20/2005 sobre la creación del Registro de Seguros de Cobertura de Fallecimiento. El tema es de tal transcendencia económica y social que son ya 400.000 las personas que consultaron este registro. Además son  numerosos los casos en que familias fueron salvadas de una situación económica que hubiera sido de precariedad tras el fallecimiento del jefe o jefa de familia.

La Ley entró en vigor el 15 de mayo de 2006, y establecía un plazo de seis meses para la publicación del Reglamento que ordenaría el funcionamiento del Registro. Aunque  sufrió varios retrasos y  no fue hasta el 19 de abril de 2007 cuando se aprobó el Reglamento, y el Registro comenzó a ser una realidad a partir del mes de junio de 2007.

La mayoría de las pólizas de seguros de vida que se hallan en el registro corresponden a tarjetas de crédito y prestamos. Seguros que muchas veces eran y son difíciles de detectar para el reclamo del cobro de los mismos.

Se espera que este nuevo hito en el acceso a la información en España sea replicado internacionalmente. Actualmente Colombia cuenta con un Registro Único de Seguros (RUS) y Venezuela (Registro único de Seguros Solidarios RUSS). El objetivo en todos los casos es el de participar al público de información concreta, asequible y segura sobre las personas que han adquirido pólizas de seguros, las que están aseguradas por dichas pólizas y las beneficiarias de las mismas.


Por: Mariana Kozodij