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PROTECCION A CONSUMIDORES E INVERSORES DEL ABUSO FINANCIERO.
A- CREAR UNA NUEVA AGENCIA DE PROTECCIÓN DEL CONSUMIDOR FINACIERO (CFPA).
Proponemos crear un único supervisor federal principal, de protección de los consumidores de créditos, ahorros, pagos y otros productos servicios financieros, y regular a los proveedores de la producción de dichos bienes servicios. ()La agencia tendrá autoridad de supervisión y de inspección, y tendrá poder para proteger a los consumidores y mejorar la responsabilidad, y ayudar a prevenir regulaciones arbitrarias. ()Tiene también autoridad para actuar en los problemas que puedan surgir en la protección del consumidor. (...)Una única agencia, como la CFPA podrá actuar más rápidamente y ahorrar pérdidas importantes a muchos más consumidores, comunidades e instituciones.
La CFPA deberá tener total jurisdicción para proteger a los consumidores de productos y servicios de consumo financiero tales como créditos, ahorros, pagos y servicios relacionados .También sobre las instituciones que emiten y proveen esos productos y a las empresas que proveen esos servicios financieros. La misión de la CFPA debe ser ayudar a asegurar que:
los consumidores tengan la información que necesitan para tomar decisiones financieras responsables.
los consumidores estén protegidos de abusos, injusticias, engaños y discriminación.
el mercado de consumo de servicios financieros opere justa y eficientemente, con una amplia oportunidad para la innovación y el crecimiento sustentable.
Las comunidades y los consumidores que tradicionalmente no acceden a estos servicios tengan acceso a servicios financieros de préstamo y de inversión.
La CFPA debe ser una agencia independiente con recursos económicos estables y sólidos. Debe ser estructurada de forma de promover su independencia y responsabilidad. Debe tener un Director y una Junta compuesta de cinco miembros que represente diferentes puntos de vista y experiencias. Por lo menos uno de los sitios debe ser reservado para un regulador prudencial (1). La CFPA deberá tener un flujo de fondos estable, los cuales podrán provenir en parte de cargos impuestos a entidades del sector financiero, incluidos bancos e instituciones no bancarias y otros proveedores de servicios financieros. ()
La CFPA será la única autoridad para promulgar e interpretar los estatutos de protección al consumidor financiero y tendrá el poder de llenar las brechas existentes en las regulaciones. La CFPA deberá tener la facultad de promulgar e interpretar las normas existentes sobre los consumidores en los estatutos existentes. ()
La CFPA deberá tener facultades de supervisión y de inspección sobre todas las personas sujetas a las regulaciones que implemente, incluyendo a entidades de depósitos asegurados y al espectro de otras instituciones no sujetas previamente a la supervisión federal, deberá trabajar con el Departamento de Justicia para hacer cumplir las normas bajo su jurisdicción en las cortes federales.
La CFPA deberá implementar medidas para promover el control efectivo, que incluyan el dirigir revisiones periódicas de las regulaciones, un consejo de asesores externos y la coordinación de Consejo. Para promover la responsabilidad, la CFPA puede requerir un estudio completo de cada regulación vigente por lo menos cada tres años después de su promulgación. El estudio considerará la efectividad de la ley en cuanto a los objetivos alcanzados y permitirá comentarios públicos sobre recomendaciones, modificaciones o la eliminación de la ley. () Proponemos el establecimiento de un panel de consultores, análogo al Consejo de Consultores de Consumidores de la Reserva Federal, para apoyar la responsabilidad de la CFPA y proveer información útil sobre las prácticas nuevas de la industria. Los miembros de este Consejo deberán tener profunda experiencia en servicios financieros y desarrollo comunitario y ser seleccionados para incentivar la diversidad de puntos de vista en el Consejo. La CFPA deberá trabajar con otras agencias a través del Consejo para promover el tratamiento coherente de productos similares y para ayudar a asegurar que ningún producto esté desregulado sólo porque no hay certeza sobre su jurisdicción. A través de este Consejo, la CFPA deberá coordinar esfuerzos con la SEC(2), la CFTC(3) y otras agencias de control,estatales y federales para incentivar la coherencia y la cobertura libre de fisuras de productos y servicios financieros. Estas agencias informarán al Congreso sobre su trabajo y serán responsables de hacer lugar a iniciativas dónde sea apropiado.
Las reglas de la CFPA servirán de piso y no de techo. Los estados deberán tener la posibilidad de adoptar y leyes estrictas para instituciones de todo tipo, sin importar si la normativa y su implementación sean de carácter federal. ()
La CFPA deberá coordinar esfuerzos con los estados. ()
La CFPA deberá tener una amplia variedad de herramientas para facilitar y desarrollar sus funciones con eficiencia. Investigación e información: la evidencia empírica es esencial para una estructura normativa bien diseñada. La CFPA deberá tener la facultad de recolectar información a través de procesos de supervisión a través de normativas sobre la recolección de información, tales como el Acta de Información de Hipotecas (Mortage Disclosure Act). La CFPA deberá usar esta información para mejorar la normativa, promover la conformidad y reforzar el desarrollo comunitario. Deberá también establecer un departamento de investigación y estadística, para incentivar la investigación de toda clase de asuntos financieros en lo que respecta a la protección del consumidor, préstamos justos y desarrollo comunitario. La CFPA podrá necesitar recursos para obtener bases de datos y procesar su propia información. Reclamos: la información sobre reclamos es un barómetro importante en lo que concierne a la protección del consumidor. Y debe ser comunicada constantemente la las personas responsables de la regulación, imposición y supervisión. Actualmente, sin embargo, muchos consumidores no saben dónde realizar un reclamo sobre los servicios financieros a causa de la balcanización de la estructura regulatoria. La CFPA deberá tener la responsabilidad de recopilar y rastrear los reclamos sobre los consumidores de servicios financieros y facilitar la resolución de los reclamos con respecto a las entidades supervisadas en el ámbito federal. Otras agencias de supervisión federal deberán enviar todos los reclamos que reciban sobre asuntos de consumidores a la CFPA, la información de los reclamos deberá ser compartida entre agencias. Los estados deberán conservar la responsabilidad primaria de búsqueda, y facilitar la resolución de las quejas contra otras instituciones y la CFPA deberá buscar el intercambio coordinado de información con los organismos de control estatal. Educación Financiera: La CFPA deberá jugar un rol de líder en los esfuerzos para educar a los consumidores sobre cuestiones financieras, para mejorar sus posibilidades de manejar sus propios asuntos financieros y puedan realizar sus propios juicios sobre la conveniencia de ciertos productos financieros. Además la CFPA deberá revisar y actualizar toda el conocimiento y las iniciativas de educación financiera existentes. Asuntos Comunitarios: su función en lo que se refiere a los asuntos comunitarios, la CFPA deberá incentivar las inversiones en desarrollo comunitario y el justo e imparcial acceso al crédito. Deberá comprometerse en una amplia variedad de actividades para ayudar a instituciones financieras, organizaciones comunitarias de base, entidades gubernamentales y al público a comprender y atender cuestiones sobre servicios financieros que afecten a gente de bajos y de medianos recursos en diferentes regiones geográficas.
Para mejorar incentivos para llegar a acuerdos, la CFPA deberá tener autoridad para restringir o vetar cláusulas de arbitraje obligatorio. Muchos consumidores no saben que frecuentemente renuncian a sus derechos a ir a juicio cuando firman contratos para sacar un préstamo y que una parte privada, dependiente de grandes entidades para sus negocios, decidirá el caso, sin dar derecho a la apelación o a una revisión pública de las decisiones. La CFPA deberá ser instruida para reunir información y estudiar las cláusulas de arbitraje obligatorio en los contratos de servicios y productos financieros, para determinar en que extensión y en que contextos, promueven la adjudicación clara y la reparación efectiva. Si la CFPA determina que el arbitraje obligatorio fracasa en llegar a estos objetivos, deberá requerir el establecimiento de condiciones justas de arbitraje, o si es necesario, vetar las cláusulas de arbitraje obligatorio, en contextos especiales, como en los préstamos hipotecarios.
La Comisión Federal de Comercio (FTC) deberá tener mejores herramientas para proteger a los consumidores. La FTC (4) juega un papel esencial protegiendo a los consumidores en un amplio rango de servicios y productos financieros. Mientras que la autoridad principal de la FTC deberá ser transferida a la CFPA, la FTC deberá conservar la autoridad de apoyo junto con la CFPA para las normativas actualmente en su jurisdicción. Proponemos que la FTC deberá conservar la facultad para tratar con el fraude en el mercado financiero (). Deberá también mantener el liderazgo de las agencias de protección del consumidor en asuntos de seguridad de la información, la protección de la privacidad en los asuntos financieros comenzara a tratarse en la CFPA. También proponemos dar a la FTC las herramientas y los recursos humanos, financieros y técnicos que necesite para realizar su trabajo eficientemente y aumentar su capacidad para proteger a los consumidores en todas las áreas del comercio que queden bajo su autoridad. ()
B - REFORMAS DE LA PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR:
Proponemos una serie de recomendaciones sobre medidas legislativas, normativas y administrativas para reformar la protección del consumidor basadas en los principios de:
TRANSPARENCIA: proponemos un acercamiento proactivo a la claridad de la información. La CFPA está autorizada para requerir que toda la información y otras comunicaciones a los consumidores sean claras, simples y concisas. Imparcial en su presentación de los beneficios, y clara y evidente en su identificación de costos, consecuencias y riesgos.
Proponemos las siguientes iniciativas para mejorar la transparencia de la información de los servicios y productos financieros:
Hacer que toda la información de los formularios sea clara, simple y concisa y controlarla con regularidad. ()Puede hacer comentarios sobre los riesgos y los costos que deben ser o no resaltados Los consumidores deben verificar su capacidad de comprender y utilizar los formularios de información, mediante pruebas cualitativas y estadísticas.
Los organismos de control están limitados a las típicas pruebas de laboratorio. Un proveedor de productos en cambio, tiene la capacidad de probar la información en el campo, lo cual puede producir resultados más seguros y relevantes. Por ejemplo un proveedor de tarjetas de crédito puede ensayar dos métodos diferentes de dar información sobre el mismo producto y determinar cuál es más efectivo, analizando a los consumidores y evaluando su comportamiento. Proponemos que la CFPA deba estar autorizada a establecer normas y procedimientos () para llevar a cabo pruebas de campo sobre la claridad de la información. ()
Requerir que la información y otras comunicaciones con los consumidores sean razonables.
La orden de aclaración de la información para los consumidores de crédito y de otros productos financieros es generalmente muy técnica y específica. Este enfoque permite que el organismo de control determine que información debe enfatizarse y ayuda a asegurar que la información sea estándar y comparable. ()
Proponemos un régimen lo suficientemente estricto para mantener los patrones de información a lo largo de todo el mercado, lo suficientemente flexible para adaptarlo a nuevos productos. Nuestra legislación propuesta autoriza a la CFPA a imponer el deber sobre los proveedores e intermediarios la obligación que la comunicaciones con el consumidor sean racionales, no sólo una obligación técnica y sin compromiso.
Racionabilidad incluye coherencia in la presentación de los riesgos y los beneficios, también en la claridad y detalle, en la descripción de los costos y en los riesgos de los productos. Este es un estándar alto que evita el engaño. Además la racionalidad no significa una letanía sobre cada riesgo posible, lo cual oscurece los riesgos importantes. Significa identificar detalladamente los riesgos de mayor importancia, proveyendo a los consumidores información que los ayude a comprender las consecuencias de sus decisiones financieras.
La CFPA deberá estar autorizada a aplicar el deber de racionalidad a comunicaciones con el consumidor ().
Utilizar tecnología para hacer que el acceso a la información sea más dinámico y relevante para el consumidor individual.
SIMPLICIDAD: proponemos que el organismo de control sea autorizado a definir las normativas para los productos "plain vanilla"(5), que son los más simples y tienen costos más claros. La CFPA deberá estar autorizada a requerir a todos los proveedores e intermediarios a ofrecer estos productos destacadamente, junto con otros productos legales que ellos elijan ofrecer.
Aún sí la información está completamente probada y todas las comunicaciones son imparciales, la complejidad de los productos en si mismos puede llevar a los consumidores a cometer errores costosos. Un acercamiento a una reglamentación cuidadosa puede inclinar la balanza a favor de la simplicidad de los productos de menores riesgos mientras protejan la (libre) elección y la innovación.()
La CFPA deberá estar autorizada a utilizar una variedad de medidas para ayudar a asegurar que la alternativa en hipotecas sea obtenida sólo por los consumidores que entiendan los riesgos y puedan manejarlos. ()
EQUIDAD: Como los esfuerzos para proveer transparencia y simplicidad no ayudan a prevenir el trato injusto o el abuso, proponemos que la CFPA esté autorizada a realizar restricciones en los términos y en las prácticas de los proveedores, si los beneficios son mayores a los costos .Además proponemos que se autorice a la CPFA a imponer deberes de asistencia sobre intermediarios financieros. ()
Proponemos las siguientes medidas para promover el tratamiento justo de los consumidores:
-Dar a la CFPA autoridad para regular actos prácticas injustas, engañosas o abusivas.
-Dar autoridad para imponer deberes de protección empíricamente justificados y elaborados apropiadamente a los intermediarios financieros. ( agentes de bolsa, consultores financieros, etc.)
-Debe aplicar regulaciones similares a productos similares. (). Dar igual tratamiento a la información para productos similares posibilitando que el consumidor realice elecciones informadas basadas en una plena comprensión de la naturaleza de los riesgos de los productos y posibilitar que los proveedores compitan limpiamente.
ACCESO: La Agencia debe promover leyes de préstamos justos y el Acta de Reinversión Comunitaria (CRA) (6) y realizar revisiones para asegurar que los consumidores y las comunidades con menor acceso a los servicios financieros tengan llegada a los préstamos y a la inversión.
Una de sus misiones principales será asegurar el acceso a los servicios financieros en especial a personas y a comunidades que tradicionalmente han tenido acceso limitado (). Una respuesta apropiada a la crisis no es debilitar la CRA, es preferible incentivar la aplicación de sus normas para que propietarios y comunidades de bajos ingresos tengan acceso a servicios financieros responsables que verdaderamente respondan a sus necesidades.(...)
(1) Regulador Prudencial: cumplen la función de controlar el sistema financiero según las normas establecidas en el acuerdo de Basilea II. Estos consisten en recomendaciones sobre regulación y legislación bancaria para la creación de un modelo internacional que sirve de referencia a los reguladores bancarios, con el fin de establecer los requerimientos de capital necesarios para asegurar la protección de las entidades frente a los riesgos financieros y operativos. Volver
(2) SEC: Es una comisión gubernamental creada por el Congreso de los EEUU, que regula los mercados de valores para proteger a los inversores. Volver
(3) CFTC: Es la agencia federal que se ocupa de controlar los mercados a futuro. Volver
(4) Federal Trade Commission - FTC: es una agencia federal independiente cuyo principal objetivo es proteger al consumidor y asegurar una fuerte competencia en el mercado. Para implementar leyes que protejan al consumidor de posibles acciones perjudiciales y de practicas anticompetitivas de mercado. Volver
(5) Son las versiones más básicas de los productos financieros. Son más tradicionales y tiene menores riesgos. Volver
(6)Acta promulgada por el Congreso de EEUU en 1977, con el objetivo de incentivar a las entidades financieras a proveer de créditos a comunidades de bajos y medianos ingresos.Uno de sus deberes es realizar un registro de las entidades que provean estos créditos para tenerlas en cuenta cuando requieran su evaluación para aprobación de sus futuras actividades. Volver
Las notas a pie de página fueron incluídas por la traductora.