SERVICIOS
BANCARIOS
BCRA al
servicio de la comunidad
Como en todos
los casos de consumo, cuando existe un problema con un servicio
bancario, el usuario debe plantear en primera instancia el reclamo
ante el proveedor.
Desde PADEC siempre recomendamos que sea mediante nota (con
copia firmada y sellada por la empresa al momento de la recepción).
Pero en el caso
que la entidad bancaria rechace o no conteste el reclamo del
usuario, se puede pedir la intervención del Banco
Central, organismo de contralor de la actividad bancaria.
Si bien esto es así desde hace mucho tiempo, este organismo
público rara vez contribuyó a solucionar un problema
a algún usuario o grupos de usuarios afectados por contratos
masivos irregulares. Tampoco tenemos conocimiento que hayan
actuado de oficio ante las irregularidades manifiestas que miles
de usuarios han padecido y actualmente padecen.
Pero aún
así el BCRA parece querer cambiar su imagen. Dentro del
portal oficial del BCRA, se puede encontrar una nueva página:
http://www.clientebancario.bcra.gov.ar
Allí el
banco de los bancos, ofrece diversas guías para comprender
los diferentes servicios que brindan los bancos y algunas aclaraciones
que los usuarios bancarios deben tener en cuenta, según
el Central.
Hay información
bastante útil. Como por ejemplo que las entidades
bancarias están obligadas a poner a disposición
un servicio de atención al cliente.
Los datos de acceso deben indicarlo en carteles en las sucursales
y en las páginas de internet de la entidad, detallando
los nombres de los responsables que reciben los reclamos, así
como también las diversas formas que el usuario puede
plantear el reclamo, uno de los cuales debe ser mediante nota.
También
el BCRA informa cuáles pueden los inconvenientes del
usuario con el banco:
• Cargos inesperados o excesivos;
• Una disputa sobre la responsabilidad que cabe cuando el dinero
es robado de una cuenta;
• Información incorrecta o engañosa sobre un producto;
• Negligencia de la entidad en informar correctamente sobre
los riesgos de un producto;
• Negligencia de la entidad en informar adecuadamente sobre
alguna cláusula particularmente importante de un contrato;
• Fallas de la entidad al cumplir instrucciones del cliente;
• Condiciones injustamente menos beneficiosas para ciertos clientes
en beneficio de otros;
• Inadecuada información sobre cambios en un contrato.
Cargos
y tarifas
En esta misma página el BCRA afirma que las tarjetas
de crédito y de débito tienen una “tarifa” por
su uso. Una tarifa de un servicio se diferencia del “precio”
porque está regulada por un organismo público.
Así, el suministro de electricidad, de gas, el transporte
público, etc. tienen tarifas.
Y a pesar de que el Banco Central constituya el órgano
de control de las entidades bancarias, hasta ahora nunca reguló
las comisiones, ni cargos bancarios.
Quizás
piense que es sólo una pequeña diferencia en el
lenguaje que no afecta a su cuenta. Total precio o tarifa se
lo descuentan igual.
Pero si aún no tomó conocimiento sepa que de vez
en cuando las entidades bancarias facturan cargos completamente
abusivos y sin ninguna contraprestación, de monto bajo
para un usuario, pero que sumados llegan a millones de pesos
mensuales.
Pero en hora buena.
Si el BCRA afirma que los bancos cobran tarifas, entonces los
usuarios podemos pedirle que empiece a controlar la
composición de los cargos que aplican.
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